viernes, 19 de agosto de 2011

Buen empresario, sinónimo de buena persona

Vas a trabajar, diariamente: a tu oficina, fábrica o taller... en jornada completa, partida, intensiva, a turnos. En coche propio o en transporte público, y tardando en el trayecto casi siempre más de lo que te gustaría. Tienes tus más y tus menos con algunos compañeros, otros son casi amigos del alma. Con tu sueldo haces malabarismos para pagar tus gastos y permitirte algún capricho, como salir el fin de semana o pasar unos días de vacaciones que te hagan olvidar la rutina laboral.


Y otro de los factores comunes a todo trabajador es el JEFE. Ese empresario, emprendedor, visionario, oportunista, innovador, comprensivo, dictador... es, al fin y al cabo, un ser humano. Como tú, trabajador. Y como tú o cualquiera de tus compañeros, puede ser mejor o peor persona. A veces no se da cuenta, o no quiere darse cuenta de ese detalle. Sólo está por encima de ti por su status laboral. Y para que en la empresa todo salga bien y los trabajadores respondan de forma favorable hacia los objetivos de la misma, hay que trasladar esa condición de "empresario = buena persona" al espacio de trabajo.


¿Quieres saber algo más sobre cómo ser "buena persona" es un factor positivo para un buen líder empresarial? Visto aquí.

viernes, 8 de abril de 2011

Sentencia del Tribunal Supremo

En los últimos tiempos no nos sorprende ver que algunas empresas adeuden nóminas a sus trabajadores. Algunas, por falta de capacidad económica debido a la crisis. Otras, escudándose precisamente en los tiempos de crisis para no pagar en tiempo y forma a empleados y/o proveedores. A veces de forma puntual, pero en otras ocasiones el impago o retraso se convierte en rutina.

Somos conscientes de ese tipo de situaciones, ya que conocemos a gente que las ha vivido o las hemos sufrido en primera persona. En casos como estos, no es extraño que la empresa pida a sus trabajadores su "comprensión" y "colaboración" para seguir trabajando con la promesa de cobrar "en cuanto sea posible". Otras veces puede que se le indique al empleado dónde está la puerta si no está conforme con ese ambiente (con indemnización o sin ella, dependerá de los escrúpulos de los mandos superiores).

Ante estas opciones, quizá el propio trabajador considere que el hecho de no recibir la remuneracion correspondiente no le sea rentable, pero se ve en la obligación de presentarse día a día en su puesto de trabajo para que su falta no sea motivo de despido... y sin indemnización.

Sin embargo, nos enteramos hoy de una buena noticia: el Tribunal Supremo emitió el pasado 17 de Enero de 2011 una sentencia por el caso de un trabajador que, tras no conseguir el dinero adeudado por una empresa en un acto de conciliación, manifestó su intención de no regresar a su puesto de trabajo y solicitó la extinción indemnizada de su contrato pero le fue denegada alegando "dimisión". En la sentencia del T. S. se considera que:

"está justificado el cese en la prestación del trabajo en los casos de que la continuidad en el mismo sea incompatible con la dignidad profesional del empleado, ejemplificando como manifestaciones de tal situación los 'malos tratos de palabra' o la 'falta continuada de abono del salario'. Se trata de supuestos excepcionales, que justifican la cesación en la prestación del servicio como consecuencia de haberse convertido éste en excesivamente penoso, peligrosoo vejatorio para el trabajador, sin que la decisión de éste en tal sentido suponga dimisión por su parte ni ninguna otra forma de ruptura de la relación laboral."
Visto aquí.

Texto de la Sentencia Tribunal Supremo. Sala de lo social. 17.01.11.